Regulaciones existentes en Cuba

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La Aduana de la República de Cuba tiene entre otras misiones la detección y el enfrentamiento al narcotráfico, el terrorismo y el contrabando, así como la protección de la población, la industria nacional y el medio ambiente, por lo que debe aplicar controles a las personas y mercancías que entren o salgan de Cuba.

En cualquiera de los puntos por donde Ud. llegue o salga del país, ya sea un puerto, un aeropuerto o una marina, encontrará inspectores y especialistas de aduanas profesionalmente calificados que están en la disposición y obligación de agilizar sus trámites y brindarle toda la información que Ud. solicite.

Migratorias

* Quienes visitan el país deben tener un pasaporte vigente o un documento de viaje expedido a su nombre y la correspondiente visa o tarjeta del turista. Esta podrá solicitarse en las representaciones consulares cubanas, en las agencias de viajes, líneas aéreas y en el Aeropuerto Internacional a su arribo a Cuba.

* Existen dos tipos de visa o tarjeta del turista: una para turistas individuales o para turistas que viajen en grupo. Hombres de negocios, periodistas en función de trabajo, y naturales de Cuba no residentes o que ostenten otra nacionalidad, deberán obtener una visa expedida en un consulado cubano.

* A las personas residentes en los Estados Unidos no se les consigna en sus pasaportes la entrada a nuestro país.

* A su salida del país deberá pagar $25.00 CUC por impuesto aeroportuarios.

* Desde el 2010, es obligatorio contar con un seguro médico para entrar en Cuba, ya que hay que presentar la póliza en aduana para poder entrar en el país.

Aduanales

* Están exentos de impuestos: los objetos de uso personal, joyas propias, cámaras fotográficas o de video, efectos deportivos y avíos de pesca, 2 botellas de licor, un cartón de cigarrillos y hasta 10 kg de medicamentos. Además, pueden importarse artículos por un valor de hasta 250.00 USD; de esta suma, 50.00 USD están exentos de pago y por los restantes 200. 00 USD debe abonarse un arancel del 100%.

* Las leyes aduaneras prohíben el ingreso de material pornográfico, narcóticos, estupefacientes, animales vivos y armas de fuego, aunque estas últimas sí pueden autorizarse, cuando se trata de armas para la caza deportiva, por la entidad encargada de esta modalidad turística.

* Se permite la exportación de obras de arte, antigüedades, y otros bienes culturales protegidos legalmente, con la debida documentación de las instituciones competentes y acreditados con la factura de compra.

* El valor máximo de exportación de otros artículos es de mil dólares. La artesanía no requiere de documentación para su exportación.

* Para la exportación de tabacos (más de 50 puros) el visitante deberá presentar la factura de Habanos S.A. la cual deberá reclamar al hacer la compra en cualquier tienda del país.

Sugerencias a los pasajeros para agilizar el despacho de sus pertenencias y evitar molestias innecesarias:

* Llenar correctamente la Declaración de Aduanas cuando corresponda.

* Traer los artículos que gozan de exención de pago (medicinas, etc) en bultos separados e independientes del resto de su equipaje.

* Ajustar el valor de la importación al límite autorizado de 1000 pesos.

* No traer cantidades excesivas de un mismo artículo, de donde pueda presumirse que su importación tenga un carácter comercial.

* No traer artículos que estén sujetos a permisos o licencias de otros organismos sin poseer previamente el Documento de Autorización.

* No traer artículos cuya importación no esté permitida.

Para mayor información, visitar la Aduana General de la República de Cuba.